# Operaciones Pasivas, Tarjetas de Débito y Fondos de Seguro de Depósito

¿Qué cuentas de depósitos puedo aperturar en Financiera Confianza?

  • Cuenta de Ahorro Común (Incluido techo propio, remuneraciones, menor de edad)
  • Cuenta de Ahorro a plazo fijo
  • Cuenta de Ahorro con órdenes de pago
  • Cuenta de Ahorro CTS

¿Cuáles son los requisitos para la apertura de una cuenta para una Persona Natural?

  • Original y copia del documento oficial de identidad (DNI) o carnet de extranjería (CE)
  • Abono del monto mínimo de apertura de la cuenta elegida, de acuerdo al tarifario publicado
  • Para analfabetos, adicionalmente debe traer una fotografía tamaño carnet.

¿Cuáles son los requisitos para la apertura de una cuenta para una Persona Jurídica?

Con fines de lucro

  • Solicitud de apertura de cuenta de ahorros con la firma del o los representantes
  • Copia simple del Documento Oficial de Identidad (DNI) del representante o representante autorizado
  • Copia simple del Certificado de Información Registrada CIR o RUC de la empresa
  • Copia legalización de la Escritura Pública de Constitución y de Adecuación a la Ley General de Sociedades de existir. De ser necesario copia legalizada de cualquier modificación de estatutos
  • Vigencia de Poderes de los representantes legales autorizados para la apertura de cuenta, en original o legalizada con un máximo de 30 días de antigüedad

Sin fines de lucro

  • Solicitud de apertura de cuenta de ahorros con la firma del o los representantes
  • Copia simple del Certificado de Información Registrada CIR o RUC de la empresa, de ser pertinente
  • Copia simple del Documento Oficial de Identidad (DNI) de los representantes legales
  • Copia legalización de la Escritura Pública de Constitución y de modificación de Estatutos de ser pertinentes
  • Vigencia de Poderes de los representantes legales en original o legalizada, con máximo de 30 días de antigüedad, de ser pertinente
  • Copia simpe de recibió de servicios de Agua, Luz o Teléfono.

¿Cuáles son las modalidades de entrega de dinero a Financiera Confianza para la apertura de una cuenta?

Un cliente puede entregar su dinero para que sea abonada en su cuenta bajo las siguientes modalidades:

  • En efectivo, en cualquiera de las ventanillas de nuestras agencias.
  • Con cheque, girado a nombre de Financiera Confianza, entregándolo en cualquiera de las ventanillas de las agencias.
  • Con transferencia bancaria; abonando a una de las cuentas que Financiera Confianza mantenga en otros bancos.

¿Cómo será la disponibilidad de los fondos en los depósitos con cheques?

El importe de los cheques que se depositen en las cuentas estarán disponibles y devengarán intereses, sólo cuando hayan sido efectivamente cobrados por Financiera Confianza. Caso contrario serán devueltos al cliente cargándose la correspondiente comisión.

¿Cuáles son las modalidades para aperturar cuentas?

Las Cuentas de ahorro y Depósito a Plazo fijo que se abrirán a solicitud expresa del titular pueden ser emitidas a nombre de una o más personas y pueden ser de tres clases:

  • Individual: Cuenta abierta a nombre de una persona natural o persona jurídica, siendo ésta la única autorizada a realizar retiros o la cancelación de la cuenta directamente o a través de sus apoderados.
  • Mancomunada (y): Cuenta abierta a nombre de dos o más personas naturales donde necesariamente las personas autorizadas firman al momento de realizar los retiros o la cancelación de la cuenta.
  • Solidaria Indistinta (o): Cuenta abierta a nombre de dos o más personas naturales donde cualquiera de las personas autorizadas firman al momento de realizar los retiros o la cancelación de la cuenta.

¿Cuáles son las modalidades de entrega de dinero al cliente en una cancelación y/o retiro de capital de una cuenta?

Un cliente puede solicitar la entrega de su dinero producto de una cancelación y/o retiro de capital de su cuenta bajo las siguientes modalidades:

  • En efectivo, en cualquiera de las ventanillas de nuestras agencias.
  • Con abono o transferencia en cuenta del mismo titular o de un tercero en Financiera CONFIANZA.
  • Con transferencia bancaria; abonando a una de las cuentas que el cliente mantenga en otros bancos.

¿En qué casos pueden bloquear mis cuentas?

  1. Por mandato judicial
  2. Por orden de ejecución de una retención judicial o una cobranza coactiva.
  3. Por cambio de estado de cuenta de activa a inactiva.
  4. A solicitud del titular de la cuenta.

¿Cada cuánto tiempo se ganan intereses?

Los intereses se capitalizan diariamente y se abonan el último día útil de cada mes.

¿Cómo hago para actualizar mis datos personales?

Por su seguridad, toda actualización de datos deberá realizarse de manera personal en cualquiera de nuestras agencias.

¿Qué es el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF)?

El ITF es una herramienta que sirve a la Administración Tributaria para obtener información respecto de las operaciones económicas realizadas por los contribuyentes. Este impuesto se aplica sobre cada depósito y cada retiro, de cualquier importe, efectuado desde una cuenta de depósitos. Las cuentas exceptuadas del ITF son las de remuneraciones y Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

# Depósitos de Ahorro Común

¿La cuenta Ahorro Común se encuentra afecta al pago de mantenimiento de cuenta?

No, no pagarás comisión por mantenimiento de cuenta sin importar el saldo que tengas.

¿Existe un monto mínimo para abrir la cuenta?

Sí, debes contar con tan solo S/. 10 o $ 50.

¿Cada cuánto tiempo me pagan los intereses?

Los intereses se capitalizan todos los días y se pagan el último día del mes.

¿Qué es la TREA?

TREA = Tasa de Rendimiento Efectivo Anual.

Es la tasa que permite igualar el monto que se ha depositado con el valor actual del monto que efectivamente se recibe al vencimiento del plazo. Es decir, una tasa que te permite saber cuánto ganarás efectivamente por el dinero que deposites luego de deducir las comisiones y gastos a los que pudiera estar afecta la cuenta.

¿Este producto está cubierto por el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD)?

Sí está cubierto, considerando las exclusiones establecidas por la ley. Asimismo, Financiera Confianza es miembro del FSD. Consulta el monto máximo de cobertura vigente en nuestra red de agencias.

¿Para qué sirve el Fondo de Seguro de Depósitos?

El Fondo de Seguro de Depósitos es una institución cuyo objetivo es proteger a los depositantes en caso de que quiebre la institución financiera miembro del FSD donde mantiene sus depósitos.

El Fondo respalda únicamente los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad (vista, ahorro y plazo), de las personas naturales y las personas jurídicas privadas sin fines de lucro, los intereses devengados por los depósitos anteriormente mencionados, a partir de la fecha de constitución o de su última renovación y los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas, exceptuando los correspondientes a las empresas del sistema financiero.

Cuando la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s interviene una institución financiera miembro del FSD, el FSD paga un seguro a los depositantes equivalente al monto de su depósito más los intereses generados hasta por un monto que no puede superar el Monto Máximo de Cobertura vigente.

El seguro no tiene costo para los depositantes. Los miembros del FSD pagan trimestralmente una prima por este seguro.
Para mayor información sobre el FSD, puede ingresar a www.fsd.org.pe.

# Depósitos a Plazos

¿Cuál es la diferencia entre tener mi dinero en un Depósito a Plazo Fijo o tenerlo en una Cuenta de Ahorros?

El Depósito a Plazo Fijo te ofrece una mejor rentabilidad, siempre y cuando mantengas tu dinero en la cuenta por el plazo pactado; es decir, no lo puedes retirar antes de tiempo. Si cancelas tu Depósito a Plazo Fijo antes del plazo pactado, la tasa de interés a pagar será la de la cuenta Ahorro Común, según tarifario vigente.

¿Qué modalidades tengo para recibir mis intereses?

El pago de intereses se realiza en las siguientes modalidades:

  • Al vencimiento: se pagan los intereses al final del plazo pactado.
  • Mensual: se pagan los intereses al finalizar el mes mediante abono en una cuenta de ahorro.
  • Por adelantado: se pagan los intereses al momento de la apertura de tu depósito a plazo fijo.

¿Cómo puedo obtener una mayor tasa de interés en mi depósito a plazo fijo?

La tasa depende del monto y periodo de tu depósito a plazo, a mayor cantidad de días y monto, ganas mayor interés.

¿Qué pasa si cancelo mi depósito a plazo antes del periodo pactado?

Recibes el capital más los intereses generados, pero calculado en base a la tasa de la cuenta Ahorro Común vigente en tarifario. Para que se te pague la tasa pactada en tu depósito a plazo fijo es indispensable que se cumpla el periodo pactado.

¿Qué es la TREA?

TREA = Tasa de Rendimiento Efectivo Anual.

Es la tasa que permite igualar el monto que se ha depositado con el valor actual del monto que efectivamente se recibe al vencimiento del plazo. Es decir, una tasa que te permite saber cuánto ganarás efectivamente por el dinero que deposites luego de deducir las comisiones y gastos a los que pudiera estar afecta la cuenta.

¿Este producto está cubierto por el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD)?

Sí está cubierto, considerando las exclusiones establecidas por la ley. Asimismo, Financiera Confianza es miembro del FSD. Consulta el monto máximo de cobertura vigente en nuestra red de agencias.

¿Para qué sirve el Fondo de Seguro de Depósitos?

El Fondo de Seguro de Depósitos es una institución cuyo objetivo es proteger a los depositantes en caso quiebre la institución financiera miembro del FSD donde mantiene sus depósitos.

El Fondo respalda únicamente los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad (vista, ahorro y plazo), de las personas naturales y las personas jurídicas privadas sin fines de lucro, los intereses devengados por los depósitos anteriormente mencionados, a partir de la fecha de constitución o de su última renovación y los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas, exceptuando los correspondientes a las empresas del sistema financiero.

Cuando la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s interviene una institución financiera miembro del FSD, el FSD paga un seguro a los depositantes equivalente al monto de su depósito más los intereses generados hasta por un monto que no puede superar el Monto Máximo de Cobertura vigente.

El seguro no tiene costo para los depositantes. Los miembros del FSD pagan trimestralmente una prima por este seguro.
Para mayor información sobre el FSD, puede ingresar a www.fsd.org.pe.

# Depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)

¿Cuál es el propósito de una cuenta CTS?

La cuenta CTS tiene como finalidad atenuar el riesgo que produce el cese de la relación laboral entre el empleado y empleador, de tal forma que el empleado pueda contar con recursos hasta que se reincorpore a un nuevo trabajo.

¿Cuántas veces al año me depositan mi CTS?

La CTS se deposita dos veces al año, en los meses de Mayo y Noviembre. La fecha máxima para el depósito es los 15 primeros días calendarios de dichos meses.

¿Tiene algún costo trasladar mi CTS a Financiera Confianza?

El traslado de tu CTS a Financiera Confianza no tiene costo alguno: recibirás el importe total de tu CTS.

¿Puedo disponer de mi CTS?

La disponibilidad de tu CTS esta normada en la Ley Nº 29352, la cual establece la libre disponibilidad temporal y posterior intangibilidad de la compensación por tiempo de servicios.

Actualmente la disponibilidad de CTS es de hasta 100% del excedente de 4 sueldos, para lo cual tu empleador deberá informar la base remunerativa a aplicar para efectos del cálculo.

¿Qué es la TREA?

TREA = Tasa de Rendimiento Efectivo Anual.

Es la tasa que permite igualar el monto que se ha depositado con el valor actual del monto que efectivamente se recibe al vencimiento del plazo. Es decir, una tasa que te permite saber cuánto ganarás efectivamente por el dinero que deposites luego de deducir las comisiones y gastos a los que pudiera estar afecta la cuenta.

¿Este producto está cubierto por el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD)?

Sí está cubierto, considerando las exclusiones establecidas por la ley. Asimismo, Financiera Confianza es miembro del FSD. Consulta el monto máximo de cobertura vigente en nuestra red de agencias.

¿Para qué sirve el Fondo de Seguro de Depósitos?

El Fondo de Seguro de Depósitos es una institución cuyo objetivo es proteger a los depositantes en caso quiebre la institución financiera miembro del FSD donde mantiene sus depósitos.

El Fondo respalda únicamente los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad (vista, ahorro y plazo), de las personas naturales y las personas jurídicas privadas sin fines de lucro, los intereses devengados por los depósitos anteriormente mencionados, a partir de la fecha de constitución o de su última renovación y los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas, exceptuando los correspondientes a las empresas del sistema financiero.

Cuando la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s interviene una institución financiera miembro del FSD, el FSD paga un seguro a los depositantes equivalente al monto de su depósito más los intereses generados hasta por un monto que no puede superar el Monto Máximo de Cobertura vigente.

El seguro no tiene costo para los depositantes. Los miembros del FSD pagan trimestralmente una prima por este seguro.
Para mayor información sobre el FSD, puede ingresar a www.fsd.org.pe.

# Tarjetas de Débito

¿Qué es una tarjeta de débito?

Es un medio de pago otorgado al abrir una cuenta de depósito y tiene por finalidad acreditar al titular de la misma que realice operaciones, tales como retiros de efectivo, compra de bienes y pago de servicios en establecimientos afiliados y autorizados. El monto de la operación se debita en las cuentas vinculadas que tengan saldo disponible.

¿A qué cuentas puede estar vinculada la tarjeta de débito?

La tarjeta de débito puede estar vinculada a cuentas corrientes, cuentas de ahorro y cuentas CTS, tanto en moneda nacional como extranjera.

¿Dónde se puede usar la tarjeta de débito?

La tarjeta de débito puede ser usada para realizar retiros de efectivo, operaciones y consultas a través de ventanillas, cajeros automáticos interconectados, sistema de atención telefónica e Internet, siempre que estos servicios hayan sido implementados por las entidades financieras. Asimismo, pueden ser utilizadas en los establecimientos afiliados y autorizados, para realizar compras y pago de servicios. Los montos totales de compra serán debitados automáticamente de las cuentas vinculadas que presenten saldo disponible y cubran el monto total dela operación.

¿Qué ventajas otorga el uso de una tarjeta de débito?

  • Sirve para retirar dinero de las cuentas vinculadas a través de cajeros automáticos.
  • Disminuye el riesgo al no tener que portar dinero en efectivo para realizar compras ya que son aceptadas en los establecimientos afiliados.
  • Permite realizar consultas de saldos, transferencias y otras operaciones electrónicas.
  • Algunas pueden ser utilizadas en el extranjero, como es el caso de Financiera Confianza.

¿Qué costos genera el uso de la tarjeta de débito?

Se cobran comisión por el uso del cajero automático (tales como: consultas, transferencias, cambio de clave), o por reposición de la tarjeta por motivo de robo o pérdida.

¿Qué sucede si se pierde la tarjeta o se olvida la clave?

Si por descuido el titular pierde la tarjeta u olvida la clave, debe solicitar el bloqueo de su tarjeta y solicitar una nueva. La reposición de la tarjeta por motivo de pérdida implica el cobro de una comisión.

¿Qué se debe hacer si se olvida la tarjeta en el cajero o se pierde?

Se debe llamar inmediatamente para solicitar el bloqueo de la misma, tomando nota de los datos que le brinden en relación al bloqueo efectuado. Posteriormente, se puede solicitar una nueva.

¿La tarjeta de débito cuenta con un seguro de protección contra uso fraudulento?

Algunas empresas del sistema financiero proporcionan cobertura o protección, mediante un seguro, al titular de la tarjeta de débito, en caso de robo o extravío previamente reportado. En dichos casos, para que el titular tenga derecho a la cobertura de este seguro, debe solicitar el bloqueo previamente, ya sea vía telefónica o acercándose a las oficinas de la empresa del sistema financiero.

Cabe destacar que los seguros de protección de tarjetas tienen un tope máximo de cobertura dependiendo del plan que elija el cliente. Asimismo, se trata de un seguro opcional y cliente debe consultar sobre los costos que involucra y las condiciones del mismo.

# Fondo de Seguro de Depósito (FSD)

¿Qué tipo de depósitos se encuentran asegurados?

El Fondo asegura los depósitos nominativos de personas naturales y personas jurídicas privadas sin fines de lucro y depósitos a la vista de las demás personas jurídicas (excepto del sistema financiero).

  • Cuentas Corrientes Cuentas a Plazo
  • Cuentas de Ahorro
  • Depósitos CTS
  • Certificados de Depósito No Negociables
  • Depósitos en Garantía
  • Depósitos para Cuotas Iniciales
  • Plan progresivo de Depósitos
  • Retenciones Judiciales
  • Intereses por Depósitos
  • Depósitos con contratos Swaps y/o compra futuro ME
  • Depósitos a la Vista Inactivos
  • Depósitos de Ahorro Inactivos
  • Depósitos a Plazo Inactivos

¿Los depósitos mantenidos en qué entidades se encuentran asegurados?

La Ley No 26702 ha establecido que las siguientes empresas, autorizadas a captar depósitos del público, son miembros del FSD:

  • Empresa Bancaria
  • Empresa Financiera
  • Caja Municipal de Ahorro y Crédito
  • Caja Rural de Ahorro y Crédito

Para que cualquiera de estas empresas sea respaldada por el FSD, deberá efectuar aportes al mismo durante 24 meses.

¿Qué sucede si tengo depósitos en más de una empresa miembro del Fondo?

La cobertura tiene lugar por persona en cada empresa miembro del fondo. Si tengo depósitos en más de una empresa miembro, éstos se encuentran asegurados en cada empresa hasta por el monto máximo de cobertura.

¿Cuál es la cobertura máxima que me ofrece el Fondo, depende ésta de la empresa en donde tenga mi dinero?

El monto máximo de cobertura del FSD para el periodo Setiembre 2013 – Noviembre 2013 es de S/. 92,904.00 por persona en cada empresa miembro del Fondo, comprendido los intereses, y este monto se va ajustando trimestralmente en función al Índice de Precios al Por Mayor que publica el INEI. Dicho monto es el mismo para cualquier Institución Financiera que sea miembro del Fondo. Si se presentaran cuentas mancomunadas, el monto se distribuirá a prorrata entre los titulares de la cuenta y los límites se aplicarán respecto de cada uno de ellos individualmente. El monto no cubierto por el FSD constituye crédito a ser tomado en cuenta para los fines de la liquidación y de acuerdo a las normas legales existentes.

Para mayor información, puede visitar la página Web del FSD: http://www.fsd.org.pe/

¿Qué sucede con los depósitos CTS, depósitos de menores u otros sin disposición plena?

Tratándose de depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS), depósitos de menores, depósitos en garantía o en retención judicial y otros sobre los cuales el titular no tiene disposición plena, el pago de las imposiciones cubiertas por el Fondo se realizará mediante la apertura de depósitos con características similares a los originales, a nombre de los respectivos titulares, en otras empresas.

¿Qué debo hacer si mi banco quiebra, cuándo recupero mi dinero?

Una vez declarada la disolución de la empresa financiera la SBS cuidará que en un plazo no mayor a 60 días los liquidadores remitan al FSD la relación de los asegurados cubiertos, indicando el monto a que ascienden sus derechos, diferenciando el correspondiente a capital e intereses. Quienes hubiesen sido omitidos en la relación pueden formular el reclamo correspondiente ante la Superintendencia en un plazo de 60 días de iniciada la exhibición de dicho documento, lo cual debe ser certificado notarialmente. El FSD iniciará los pagos en un plazo no mayor de 10 días hábiles de recibida la relación, y los pagos proseguirán de manera interrumpida. El plazo para cobrar los fondos vence hasta dentro de 10 años contados a partir de la fecha en que se inician los pagos. Una vez transcurrido dicho periodo, el asegurado pierde el derecho de cobertura y el monto pasa a formar parte de los recursos del FSD.

¿Qué pasa con las deudas que tenía con el banco quebrado?

Conforme a lo dispuesto en el Artículo 155º de la Ley 26702, si el asegurado mantuviese obligaciones para con el miembro del Fondo en proceso de liquidación, se practica la compensación correspondiente y se le abona sólo el saldo que pueda resultar a su favor. Esta compensación procede también, ilimitadamente, respecto de las sumas originadas en los depósitos por compensación de tiempo de servicios y de otra acreencia aun intangible o inembargable del deudor.

¿Qué debo hacer si encuentro alguna empresa del sistema financiero que capta depósitos del público y no es miembro del FSD?

Debo notificar a la SBS, ya que los ahorros de todos los clientes de dicha empresa podrían estar en peligro.

¿Cuánto le cuesta al depositante contar con el seguro de depósitos?

No le cuesta absolutamente nada. Las entidades financieras autorizadas por la SBS a captar depósitos del público, como los bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales de ahorro y crédito, deben de manera obligatoria pagar primas trimestrales al FSD para que sus depositantes se encuentren asegurados.

Sin embargo, se debe tener en cuenta que las entidades financieras que ingresen como miembros del FSD, deberán pagar primas durante 24 meses para que sus depositantes se encuentren cubiertos.

¿Dónde debe inscribirse el depositante para que sus ahorros estén protegidos por el FSD?

El depositante no necesita inscribirse en ninguna lista para contar con la protección del seguro de depósitos. Al depositar sus ahorros en una entidad miembro del FSD, queda automáticamente asegurado.

# Operaciones Activas

¿Qué es un Préstamo?

Entrega de una cantidad de dinero a una persona que toma la obligación de devolverlo en las condiciones y con los intereses convenidos. Habitualmente, la devolución se realiza mediante cuotas periódicas, compuestas por capital, intereses y gastos, como seguros.

¿Qué es una tasa de interés?

La tasa de interés constituye la ganancia esperada de un acreedor por el crédito ofrecido es decir representa el costo de oportunidad del dinero de un acreedor.

¿Qué es laTasa Efectiva Anual (TEA)?

La Tasa Efectiva Anual(TEA) es el porcentaje (%) que se aplica para calcular los intereses que se van a cobrar por el financiamiento de un crédito, como su nombre lo indica esta denominado de forma anual.

Para el cálculo de la TEA se utiliza el año base de 360 días.

¿Qué es laTasa de costo efectivo anual (TCEA)?

La Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA) es la tasa final con la que se calcula el costo total de un crédito adquirido.

La TCEA incorpora la TEA, comisiones y gastos (como seguros).

¿Qué es un vencimiento?

Plazo de vida de un producto financiero o parte de este. Es decir, el cumplimiento del plazo de una deuda u obligación.

¿Con qué tipo de tasa de intereses otorga sus créditos Financiera Confianza?

La tasa de interés es fija: se establece cuando contratas el crédito y se mantiene constante hasta la cancelación.

¿Cuál es el plazo de antelación mínimo para informar los cambios de tasas, de comisiones y gastos a los clientes?

El plazo mínimo es 45 días calendarios.

¿Cuáles son los documentos contractuales de un crédito de Financiera Confianza?

Contrato de crédito, hoja resumen, cronograma de pagos y pagaré.

¿Qué es una hoja resumen?

Es un anexo al contrato que se utiliza a efectos de celebrar un contrato de crédito. Este anexo contiene el detalle de las tasas de interés compensatorio y/o moratorio, las comisiones y los gastos que serán a cuenta del cliente entre otros datos.

¿Qué es el cronograma de pagos?

El cronograma de pagos forma parte de la hoja resumen y, según las condiciones pactadas, detalla el número de cuotas o pagos a realizar, el monto total a pagar, periodicidad y fecha de pago, y TCEA aplicable a la operación.

¿Cuándo se firma el cronograma y la hoja resumen?

Al momento de realizar el desembolso del crédito, cuyo acto determina el conocimiento y aceptación de las condiciones crediticias de la transacción realizada.

¿Qué es una Garantía?

Es un respaldo que le sirve a la entidad financiera para asegurarse que tendrá un medio adicional para recuperar el dinero que está prestando en caso de que la persona a quien le presta no cumpla con pagarlo.

¿Quiénes pueden acceder a un préstamo?

Cualquier persona natural o jurídica que perciba ingresos permanentes: productores, comerciantes, confeccionistas, proveedores de servicios, y/o trabajadores dependientes e independientes.

¿Cuánto tiempo de antigüedad como mínimo debe tener mi negocio para poder solicitar un préstamo?

En general, al menos 6 meses de funcionamiento continuo. Para los créditos agropecuarios debe acreditar experiencia de por lo menos 3 años en la producción agrícola y/o pecuaria.

¿Debo tener RUC para solicitar un préstamo?

Este no es un requisito indispensable.

¿Cómo hago para solicitar un préstamo?

Visite cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional, donde le brindaremos información y le pondremos en contacto con un Asesor de Negocio para la gestión de su crédito.

¿En cuánto tiempo me aprueban mi préstamo?

En dos días a más tardar, luego de que usted nos haya alcanzado la información y documentación necesaria para la evaluación de su solicitud.

¿Para qué me entreguen mi préstamo es necesario que me apersone a sus Agencias?

Si. Por su propia seguridad es necesario que usted se acerque a nuestras ventanillas a recibir su desembolso.

¿Qué tipo de información tengo que proporcionar a Financiera Confianza para la gestión de un préstamo?

Usted debe brindar información sobre su identificación personal, lugar de residencia, sus ingresos, bienes, deudas, situación de sus créditos en otras entidades y otras obligaciones que tenga. Deberá disponer de la siguiente información mínima:

  • Fotocopia de su DNI y de su cónyuge.
  • Fotocopia del último recibo de pago de luz, agua o teléfono.
  • Información relativa a su negocio o trabajo.

Financiera Confianza nunca le solicitará sus números de cuentas bancarias, números de tarjetas de débito o crédito ni sus correspondientes claves de seguridad. Si alguien le pidiese esos datos a nombre de Financiera Confianza, debe denunciarlo inmediatamente al Jefe de Operaciones de Agencias.

Consejos para escoger el crédito más conveniente

Si va a solicitar un crédito, recuerde que además de la tasa de interés, existen más costos como comisiones y gastos. Fíjese en la Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA), que representa el costo total del crédito, así podrá comparar y escoger la opción que más le conviene. Recuerde que todas las entidades financieras están obligadas a informarle sobre la TCEA del crédito solicitado. Evalúe que el plazo del crédito solicitado y las cuotas mensuales se adecuen a tus necesidades y capacidad de pago. Reclame al momento de firmar su contrato una copia de la hoja resumen del crédito y del cronograma de pagos. Para comparar las TCEA de algunos productos seleccionados, puede acceder a información comparativa en la página web de la SBS: www.sbs.gob.pe.

¿En qué consiste el proceso de evaluación de la solicitud de crédito?

La evaluación está determinada por la capacidad de pago del cliente caracterizada fundamentalmente por el flujo de sus fondos y antecedentes crediticios, además que dependiendo del tipo de crédito se considera su entorno económico, la capacidad de pago en función a los ingresos del deudor, su patrimonio neto, garantías preferidas, importe de sus diversas obligaciones y otros factores relevantes para determinar la capacidad del servicio y pago de deuda del deudor. Lo relevante en toda evaluación es la capacidad de pago del deudor.

¿Tengo alguna obligación para tomar un préstamo una vez que completo la solicitud?

No. FINANCIERA CONFIANZA no obliga a nadie a tomar un crédito. Al completar su solicitud y de resultar aprobada, usted recibe la opción mas no la obligación de tomar un crédito.

¿Cómo se clasifica la cartera de créditos?

"La cartera de créditos se clasifica en ocho (8) tipos de créditos:

  1. 1. Créditos Corporativos
  2. 2. Créditos a Grandes Empresas
  3. 3. Créditos a Medianas Empresas
  4. 4. Créditos a Pequeñas Empresas
  5. 5. Créditos a Micro Empresas
  6. 6. Créditos de Consumo Revolvente
  7. 7. Créditos de Consumo No-Revolvente
  8. 8. Créditos Hipotecarios para Vivienda"

¿Puedo efectuar pagos anticipados en forma parcial o total?

Sí, usted puede efectuar pagos anticipados o prepagos de forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses al día de pago, deduciéndose asimismo las comisiones y gastos derivados de las cláusulas contractuales pactadas entre las partes, sin que le sean aplicables comisiones, gastos o penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza similar derivados de la operación de pago anticipado.

Asimismo le recordamos lo siguiente:

  • Se entiende por pago anticipado cuando realizas pagos mayores a la cuota de un periodo
  • Cuando realices un pago anticipado parcial de tu crédito, deberá instruir a Financiera Confianza, si producto del pago anticipado desea reducir el monto o número de cuotas de tu crédito. Para ello le facilitaremos un formato de elección que deberá suscribir con la instrucción correspondiente.

¿Qué empresas deben retener el Impuesto por Transacciones Financieras (ITF) en los pagos que realicen y sobre qué montos?

El ITF es un impuesto que será cobrado sólo por los agentes de retención o percepción que se señalan en el artículo 16 de la Ley N° 28194. Estos agentes de retención o percepción son básicamente las empresas del sistema financiero, como los Bancos, las FINANCIERAS, las empresas de transferencia de fondos y empresas que realicen envíos de dinero.

¿Qué finalidad tiene contratar el seguro de desgravamen?

Este seguro libera a los herederos de la obligación de cumplir con el pago del saldo del crédito.

¿Es obligatorio contratar el seguro de desgravamen que ofrece Financiera Confianza?

No es obligatorio. En caso el usuario acredite haber contratado por su cuenta un seguro que brinde cobertura similar o mayor al seguro ofrecido por la empresa, y por plazos iguales o mayores, no está obligado a tomar el seguro que le ofrece la empresa para la contratación de operaciones activas, pudiendo sustituirlo por el que hubiera conseguido, en las condiciones descritas por la empresa. Para ello, el seguro deberá ser endosado a favor de la empresa hasta por el monto del saldo adeudado.

¿Por qué contratar un seguro para la vivienda?

Debido a que este seguro protege su inmueble de eventuales siniestros o daños materiales por imprevistos como incendios, sismos, daños estructurales o de instalaciones. Cabe mencionar que, sólo cubre el valor de edificación del inmueble, no el valor del terreno. La prima del seguro se calcula sobre la base del valor de reconstrucción del inmueble (sin incluir terreno), ya que la finalidad de este seguro es dejar el inmueble en la misma condición en que se hallaba antes del siniestro hasta el valor de la suma asegurada indicada en el certificado de seguro. El seguro del inmueble es indispensable como parte de la fase inmobiliaria del proceso de crédito y debe contratarse antes del desembolso del préstamo.

¿Cuál es el trámite de levantamiento de hipoteca o garantía?¿Cuál es el costo?

Tenga presente que, una vez que cancele su última cuota hipotecaria, debe pedir el levantamiento de la hipoteca o garantía inscrita a favor del a entidad para que su inmueble quede libre de todo gravamen. La entidad está obligada a entregar la minuta de levantamiento de hipoteca en forma gratuita.

# Central de Riesgos

¿Qué es la Central de Riesgos?

Es un sistema integrado de registro de riesgos financieros, crediticios, comerciales y de seguros, conteniendo información consolidada y clasificada sobre los deudores de las empresas.

¿Qué se registra en la Central de riesgos?

Entre otras situaciones se registran los riesgos por endeudamientos financieros y crediticios en el país y en el exterior, los riesgos comerciales en el país, los riesgos vinculados con el seguro de crédito y otros riesgos de seguro, dentro de los límites que determine la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs.

¿Existe una sola central de riesgos?

No, existen centrales de riesgo privadas y la Central de Riesgos de la SBS que es pública y se rige por lo dispuesto en los artículos 158°,159°, y 160° de la Ley N ° 26702. Las instituciones de crédito reportan a los usuarios para ser incluidos en la Central de Riesgos de la SBS; las entidades privadas manejan datos de diversas fuentes.

¿Cómo puede mejorar la clasificación que es reportada a la Central de Riesgo de la SBS?

La información que es reportada en la central de riesgos por las entidades del sistema financiero ya no se puede eliminar, queda registrada en el histórico, pero conforme mejore su comportamiento de pago podrá mejorar también su clasificación en esta central.

¿Dónde puedo solicitar el reporte de la Central de Riesgos SBS?

El reporte de la Central de Riesgos de la SBS puede solicitarlo en la Plataforma de Atención al Usuario de la SBS ubicada en la Av. Dos de Mayo 1475, San Isidro, de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. Si es tramitado personalmente por el usuario (persona natural), éste deberá presentar su documento de identificación personal (DNI, Carnet de identidad, carnet de extranjería o pasaporte). Si es tramitado por un representante, necesitará acreditarse con una carta poder simple y adjuntar la copia del documento de identidad del solicitante. Este reporte es gratuito. En dicha solicitud debe consignar además dirección clara para el envío del reporte por correspondencia.

¿Qué obligaciones tienen las empresas Financieras y de Seguros?

Las empresas de los sistema financiero y de seguros deben suministrar periódicamente y oportunamente, la información que se requiere para mantener actualizado el registro de la Central de Riesgos. A su vez toda empresa del sistema financiero antes de otorgar un crédito debe requerir a la persona natural o jurídica que lo solicite, la información necesaria establecida por la Superintendencia para el otorgamiento de un crédito, en caso contrario no se otorgará el mismo.

¿Cómo se clasifica a un deudor?

La clasificación del deudor está determinada principalmente por su capacidad de pago, definida por el flujo de fondos y el grado de cumplimiento de sus obligaciones. Si un deudor es responsable de varios tipos de créditos con una misma empresa, la clasificación se basará en la categoría de mayor riesgo. En caso que la responsabilidad del deudor en dos o más empresas financieras incluyan obligaciones que consideradas individualmente resulten con distintas clasificaciones, el deudor será clasificado a la categoría de mayor riesgo que le haya sido asignada por cualquiera de las empresas cuyas deudas representen más del 20% en el sistema, considerándose para dicho efecto la última información disponible en la central de riesgos.

¿Qué criterios son asignados en cada una de las categorías al clasificarse a un deudor de un crédito comercial?

Para determinarse la clasificación en éste tipo de crédito se considera fundamentalmente el análisis del flujo de fondos del deudor. Adicionalmente la empresa del sistema financiero considerará si el deudor tiene créditos vencidos y/o en cobranza judicial en la empresa y en otras empresas del sistema, así como la posición de la actividad económica del deudor y la competitividad de la misma, lo que en suma determinará las siguientes categorías:

  1. Si el deudor es clasificado en categoría Normal (0), esto significa que es capaz de atender holgadamente todos sus compromisos financieros, es decir, que presenta una situación financiera líquida, bajo nivel de endeudamiento patrimonial y adecuada estructura del mismo con relación a su capacidad de generar utilidades, cumple puntualmente con el pago de sus obligaciones, entendiéndose que el cliente los cancela sin necesidad de recurrir a nueva financiación directa o indirecta de la empresa.
  2. Si la clasificación está en la categoría con Problemas Potenciales (1), esto significa que el deudor puede atender la totalidad de sus obligaciones financieras, sin embargo existen situaciones que de no ser controladas o corregidas en su oportunidad, podrían comprometer la capacidad futura de pago del deudor. Los flujos de fondos del deudor tienden a debilitarse y se presentan incumplimientos ocasionales y reducidos.
  3. Si es clasificado en categoría Deficiente (2), esto quiere decir que el deudor tiene problemas para atender normalmente la totalidad de sus compromisos financieros, que de no ser corregidos pueden resultar en una pérdida para la empresa del sistema financiero. En este caso el deudor presenta una situación financiera débil y un nivel de flujo de fondos que no le permite atender el pago de la totalidad del capital y de los intereses de las deudas, pudiendo cubrir sólo estos últimos y además incumplimientos mayores a 60 días y que no exceden de 120 días.
  4. La categoría Dudoso (3), significa que es altamente improbable que el deudor pueda atender a la totalidad de sus compromisos financieros. El deudor no puede pagar ni capital ni intereses, presentando una situación financiera crítica y muy alto nivel de endeudamiento, con incumplimientos mayores a 120 días y que no exceden de 365 días.
  5. Si la clasificación es considerada en categoría Pérdida (4), esto quiere decir que las deudas se consideran incobrables pese a que pueda existir un valor de recuperación bajo en el futuro. El deudor ha suspendido sus pagos, siendo posible que incumpla eventuales acuerdos de reestructuración. Además, se encuentra en estado de insolvencia decretada, ha pedido su propia quiebra, presentando incumplimientos mayores a 365 días.

¿Si el deudor tiene un crédito (MES) y/o de la cartera de créditos de consumo,
¿qué criterios son considerados para la clasificación del deudor en cada una de estas categorías?

Para ambos tipos de créditos según la evaluación efectuada se definen los siguientes criterios en cada categoría:

  1. Si el deudor es asignado en la categoría Normal (0), significa que cumple con el pago de sus cuotas de acuerdo con lo convenido con un atraso hasta de 8 días calendarios.
  2. Si se ubica en la categoría con Problemas Potenciales (1), éste tipo de deudor registra atrasos en el pago de sus cuotas de 9 días a 30 días calendarios.
  3. Si está ubicado en la categoría Deficiente (2), significa que registra atraso en el pago de sus cuotas de 31 días a 60 días calendarios.
  4. Un deudor clasificado en categoría Dudoso (3), demuestra que registra atraso en el pago de sus cuotas de 61 días a 120 días calendarios.
  5. Si es clasificado en categoría de Pérdida (4), este deudor demuestra atrasos en el pago de sus cuotas de más de 120 días calendarios.

¿Cuáles son los criterios asignados para clasificar a un deudor de un crédito hipotecario?

  1. Un deudor, en la categoría Normal (0), demuestra cumplimiento en sus pagos de sus cuotas de acuerdo a lo convenido con un atraso de hasta 30 días calendarios.
  2. Un deudor, en la categoría con problemas potenciales (1), muestra atraso en el pago de 31 días a 90 días calendarios.
  3. Si el deudor es ubicado en la categoría Deficiente (2), significa que muestra atrasos en el pago de 91 días a 120 días calendarios.
  4. Un deudor en la categoría Dudoso (3), muestra atraso en el pago de 121 días a 365 días calendarios.
  5. Si el deudor es clasificado en categoría Pérdida (4), muestra un atraso en el pago de más de 365 días calendarios.

¿Qué es una operación refinanciada y en que categoría se clasifica a un deudor con créditos refinanciados?

Se considera una Operación Refinanciada al crédito o financiamiento directo, cualquiera sea su modalidad, respecto del cual se producen variaciones de plazo y/o monto del contrato original o novaciones*, que obedecen a dificultades en la capacidad de pago del deudor.

Toda operación refinanciada deberá ser sustentada en un reporte de crédito, debidamente documentado y analizada individualmente teniendo en cuenta esencialmente la capacidad de pago del deudor.

La clasificación de dudoso o pérdida originalmente otorgada al deudor refinanciado, podrá ser mejorada a deficiente, manteniendo el resto de las clasificaciones en sus categorías originales.

La nueva clasificación asignada o aquella que mantuvo su clasificación original, podrá ser mejorada en una categoría siempre que el deudor haya demostrado capacidad de pago con respecto al nuevo cronograma del crédito. Sin embargo, si el deudor registra incumplimientos en el pago de las cuotas pactadas, incumplimientos de las metas acordadas dentro de un trimestre y/o deterioro en su capacidad de pago, la empresa acreedora deberá reclasificarlo.

Si un deudor clasificado en una cierta categoría de créditos, cancela sus cuotas, es responsabilidad de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs emitir
una constancia de la cancelación de dichas deudas o omitir la presentación de la información histórica contenida en la central de riesgo?

La Superintendencia como receptora de la información de la clasificación del riesgo del deudor no emite ninguna constancia de cancelación de deudas ni un documento en el que se recomiende al deudor para efectos de solicitar créditos en las empresas financieras. A su vez la Central de Riesgos de la Superintendencia mantendrá sus reportes históricos de cada deudor sin omisión de los mismos. Cualquier constancia de cancelación del crédito deberá ser solicitada a la empresa acreedora.

# Atención de Reclamos

¿Qué es un reclamo?

Comunicación que presenta un usuario a través de los diferentes canales de atención disponibles en la entidad supervisada, expresando su insatisfacción con el servicio y/o producto recibido o manifestando la presunta afectación de su legítimo interés.

¿Quién puede presentar un reclamo?

El usuario titular de un servicio prestado por Financiera Confianza puede hacerlo directamente si es persona natural, identificándose con su DNI o a través de su representante legal si es persona jurídica, debiendo acreditar tal condición.

  • Cualquier persona en representación del titular, presentando una carta poder simple y fotocopia del DNI del titular.
  • El aval de un crédito identificándose con su DNI.
  • Cualquier persona que considere que se ha visto afectada por la realización de operaciones o prestación de servicios de parte de Financiera Confianza, identificándose con su DNI.

¿Cómo puedo presentar un reclamo?

De manera presencial con el Jefe de Operaciones de Agencias, apersonándose a cualquier de nuestras agencias a nivel nacional.

El Jefe de Operaciones de la Agencia le facilitará el formulario Hoja de Reclamación ya sea de forma física o virtual para que usted pueda ingresar su reclamo, es importante que llene completamente el formulario alcanzado para que su reclamo pueda ser atendido.

También puede presentar un reclamo a través de nuestra página Web (www.confianza.pe), para lo cual debe generar sus usuario y clave.

Por teléfono al (01) 208-9080 anexo 4587, de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 3:00 p.m. a 7:00 p.m., excepto feriados. En caso de requerir alguna documentación, se te orientará para que presentes dichos documentos en cualquiera de nuestras oficinas.

¿Cuál es el plazo de atención de un reclamo?

El plazo regular para resolver un reclamo es de 30 días calendarios, los cuales pueden ser extendidos por un plazo similar (es decir 30 días más), siempre que la naturaleza del reclamo lo justifique, situación que es puesta en conocimiento del consumidor antes de la culminación del plazo inicial.

¿Y si la solución brindada no me satisface?

Si usted no se encuentra conforme con la respuesta brindada en atención a su reclamo por la empresa, puede solicitar la revisión del mismo con la debida sustentación siguiendo el proceso anterior. Si aun así usted no se encuentra conforme, puede dirigir su reclamo al INDECOPI (en cualquiera de sus oficinas, al teléfono gratuito 0-800-44040, ó ingresando a www.indecopi.gob.pe) ó a la SBS-Plataforma de Atención al Usuario (Av. Dos de Mayo 1475, San Isidro ó ingresando a www.sbs.gob.pe).

Asimismo, cabe señalar que el Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N° 29571, establece que usted tiene el derecho de recurrir directamente al INDECOPI.

¿La Financiera puede reprogramar mi crédito sin comunicarme previamente sobre la reprogramación?

Sí, la Financiera puede reprogramar tu crédito sin comunicarte previamente sobre la reprogramación.

La Financiera, en cumplimiento de las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) durante el Estado de Emergencia, ha procedido a realizar la reprogramación de créditos en forma masiva, comunicando de manera posterior a nuestros clientes a través de las siguientes formas: mensajes de texto SMS al teléfono celular, correos electrónicos y cartas al domicilio, donde se le informa que usted podría revertir la reprogramación, o solicitar una nueva reprogramación.

Cabe precisar que la reprogramación del crédito implica un periodo de gracia, el cual se encuentra sujeta al cobro de intereses conforme lo establecido en las condiciones pactadas en su Contrato de Crédito.

Si aún deseas presentar tu reclamo sigue este enlace: Libro de reclamaciones

¿La Financiera puede no permitir la cancelación de mi crédito (prepago) si cuento con un crédito del Programa REACTIVA PERÚ aún no cancelado?

Sí, la Financiera puede no permitir la cancelación de tu crédito (prepago) si cuentas con un crédito del Programa REACTIVA PERÚ aún no cancelado.

En cumplimiento del Artículo 5, numerales 5.2 y 5.3, del Reglamento Operativo del Programa de Garantías de Gobierno REACTIVA PERÚ, aprobado por Resolución Ministerial N° 134-2020-EF/15 y sus modificatorias, el cual señala que:

5.2. “De acuerdo con los numerales 6.1 y 6.4 del artículo 6 del DECRETO LEGISLATIVO (Decreto Legislativo N° 1455), los PRÉSTAMOS de REACTIVA PERÚ financian la reposición de capital de trabajo y no pueden ser utilizados para pagar obligaciones financieras que mantenga la EMPRESA DEUDORA con REACTIVA PERÚ.
Adicionalmente, la EMPRESA DEUDORA de REACTIVA PERÚ: (i) no debe prepagar obligaciones financieras vigentes antes de cancelar los PRÉSTAMOS que se cubren con la GARANTÍA (…)”
5.3. “Los préstamos no pueden ser utilizados para financiar los siguientes:
a) Adquisición de activos fijos
b) Compra de acciones o participaciones en empresas, bonos y otros activos monetarios, así como para realizar aportes de capital.
c) El pago de obligaciones vencidas de las Empresas Deudoras con la ESF.
d) Pre-pago de obligaciones financieras (deudas no vencidas)”

En este contexto, informamos que mediante Oficio Múltiple N° 18049-2020-SBS la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP instó a las entidades financieras, como Financiera Confianza, a adoptar las medidas necesarias a efecto de cumplir con los alcances del Reglamento Operativo mencionado anteriormente.

En tal sentido, nos encontramos impedidos de aceptar el pago anticipado del crédito, debido a que existe norma imperativa que ordena que previamente el cliente, en su condición de beneficiario del Programa REACTIVA PERÚ, cumpla con cancelar el crédito con garantía del Programa REACTIVA PERÚ. Por tanto, mientras no cancele su crédito con garantía del Programa REACTIVA PERÚ, solo puede pagar las cuotas exigibles según su cronograma de pago.

Sin perjuicio de lo señalado, se le informa, en caso de compra de deuda, solicitamos se nos haga llegar la Constancia de Compra de Deuda, debidamente suscrita por la entidad que ha realizado la operación; previa validación se procederá con la cancelación de su crédito.

Si aún deseas presentar tu reclamo sigue este enlace: Libro de reclamaciones

¿Dónde consulto mis movimientos respecto a mi tarjeta de débito?

Usted puede consultar sus movimientos respecto a su tarjeta de débito en:

  • Cajeros automáticos, sujeto a pago de la comisión respectiva según nuestro tarifario vigente.
  • Agentes corresponsables Kasnet, sujeto a pago de la comisión respectiva según nuestro tarifario vigente.
  • Estados de cuenta que puede solicitar en nuestras oficinas previo pago de la comisión respectiva, según nuestro tarifario vigente.
  • App de Financiera Confianza y Banca por Internet (desde la página web) para lo cual previamente debes registrar tu número de teléfono móvil, el cual utilizarás para tus transacciones, este canal no tiene costo.
  • Ingresando un requerimiento de información a través de nuestras oficinas, si deseas documentos cuya expedición física se encuentre gravada en nuestro tarifario deberás pagar las tarifas correspondientes.

Te recomendamos que revises tus movimientos antes de presentar un reclamo o requerimiento de información.

Si aún deseas presentar tu reclamo sigue este enlace: Libro de reclamaciones